Trabajar de agente inmobiliario en Cataluña

AICAT: TRABAJAR DE AGENTE INMOBILIARIO EN CATALUNYA

requisitos para ejercer de agente inmobiliario en Cataluña

 

El sector inmobiliario está experimentando un crecimiento al alza desde hace unos años en todo el territorio español, especialmente en las grandes ciudades como Barcelona.

Seguramente, la entrada de nuevos inversores extranjeros en el mercado catalán es proliferado que muchos profesionales independientes quieran acceder al sector inmobiliario porque ven una alternativa de negocio muy interesante.

Es por ello que desde la Secretaría de Vivienda de la Generalidad de Cataluña, a través del Decreto 12/2010 del 2 de febrero obliga a las personas físicas y jurídicas que quieran ejercer de agente inmobiliario a obtener el número de AICAT, proporcionado por la Generalitat de Catalunya con la colaboración de las asociaciones, colegios y centros de formación homologados por la Secretaría de Vivienda.

Para la obtención del número de AICAT, hay que acreditar los conocimientos que establece el Decreto por medio de un curso de Agente Inmobiliario en alguno de los centros homologados y presentar la titulación junto con los seguros de caución y responsabilidad civil en la oficina del vivienda.

El servicio de gestión y trámite de los seguros la ofrecen también las asociaciones y colegios así como otros servicios especializados en el sector inmobiliario.

En conclusión, los requisitos de este año para poder ejercer como agente inmobiliario en Cataluña son:

 

  • DNI / NIE en vigor
  • Realizar el curso de Agente Inmobiliario en alguno de los centros homologados, están exentas las personas que acrediten estudios universitarios en derecho, economía o arquitectura. La duración aproximada de los cursos presenciales son de unos 5 meses aproximadamente, dependiendo del centro que elijas tienes más facilidades de pago, flexibilidad de estudio, formación práctica y vivencial y posibilidad de gestión y tramitación del número de AICAT una vez finalizados los estudios etc .
  • Seguro de responsabilidad civil. Deben constituir una póliza de responsabilidad civil con vigencia permanente, esta póliza se puede contratar de forma individual o colectiva que tenga contratada el colegio o asociación profesional que pertenezcan.
  • Seguro de caución. Se constituirá una garantía de solvencia de carácter permanente, que permita responder a las cantidades que reciban durante el ejercicio de su actividad mediadora hasta que se ponga a disposición de sus destinatarios

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